Al hablar de un documento
legal o de una norma vigente que establezca leyes en procuración de la
seguridad es necesario conocer el contenido de nuestra garantías individuales
en este tema se trataría del artículo 21 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 21 nos
habla en donde se debe sustentar legalmente la seguridad:
La seguridad pública es una
función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los
Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y
persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas,
en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta
Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se
regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia,
profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta
Constitución.
Las instituciones de
seguridad pública serán de carácter civil, disciplinado y profesional. El
Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de
gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir los objetivos de la
seguridad pública y conformarán el Sistema Nacional de Seguridad Pública, que
estará sujeto a las siguientes bases mínimas:
a) La
regulación de la selección, ingreso, formación, permanencia, evaluación,
reconocimiento y certificación de los integrantes de las instituciones de
seguridad pública. La operación y desarrollo de estas acciones será competencia
de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los municipios en el
ámbito de sus respectivas atribuciones.
b) El
establecimiento de las bases de datos criminalísticos y de personal para las
instituciones de seguridad pública. Ninguna persona podrá ingresar a las
instituciones de seguridad pública si no ha sido debidamente certificado y
registrado en el sistema.
c) La
formulación de políticas públicas tendientes a prevenir la comisión de delitos.
d) Se
determinará la participación de la comunidad que coadyuvará, entre otros, en
los procesos de evaluación de las políticas de prevención del delito así como
de las instituciones de seguridad pública.
e) Los
fondos de ayuda federal para la seguridad pública, a nivel nacional serán
aportados a las entidades federativas y municipios para ser destinados
exclusivamente a estos fines.
Es necesario crear una
cultura de legalidad, donde todo el país tenga el conocimiento de nuestras
garantías individuales, en este tema del artículo 21 es primordial exigir a las
autoridades competentes para la mejor realización de una seguridad nacional y
así se ejerza lo fundamentado en este artículo y a la sociedad coadyuvar en los
procesos de evaluación.
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